FUNDAMENTO LEGAL
1.
“Todos los colombianos
tienen derecho a vivienda digna” y que será “el estado quien fijará las
condiciones para hacer efectivo este derecho y promoverá planes de
vivienda de interés social, sistemas
adecuados de financiación a largo plazo y formas asociativas de ejecución de
estos programas de vivienda.
Promover la organización de
quienes ven vulnerado su derecho a la vivienda, con el fin de que: Se
reconozca a quienes viven en situación de mayor exclusión como sujetos activos
de su propio proceso de cambio y del de la sociedad en su conjunto; se aborde la exclusión residencial extrema
como una responsabilidad colectiva y no individual.
La ciudad de
Medellín un reto para sus futuros desarrollos urbanos, como es alcanzar un equilibrio
entre, por un lado, la generación de vivienda para la población más vulnerable,
garantizando la inclusión de los moradores, a través de procesos reales de
participación, en proyectos arquitectónicos y urbanísticos de calidad y en
sectores de la ciudad bien ubicados y conectados; y por otro, con el desarrollo
de viviendas para población de más alta capacidad económica, que apuntale el
financiamiento de los proyectos y logre una mixtura social que reduzca los
niveles de segregación e inequidad de la ciudad.
2. El
bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población son
finalidades sociales del estado.
La aglomeración en contextos urbanos, por su gran
potencial de riqueza económica, cultural, social y política, estaba llamada a
ser la solución a las necesidades humanas, presuponiéndose una mejora en la
calidad de vida de su población, ampliando las oportunidades de acceso a
recursos económicos y a servicios sociales, culturales, administrativos y de
salud.
Prohibir los desalojos, particularmente los originados
por razones económicas y garantizar en todo caso el realojo adecuado y
permanente de las personas afectadas.
3. Es
deber del estado velar por la protección de la integridad del espacio público y
por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular.
Espacio Público incluyente y estructurador del
territorio, con la construcción de ecoparques, parques lineales, plazoletas,
miradores, estancias con juegos infantiles, microcentralidades barriales, paseos
urbanos y mejoramiento de vías.


Comentarios
Publicar un comentario